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Atrás CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE FORMACIÓN POR LA OCUPACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AFEDAP).

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE FORMACIÓN POR LA OCUPACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AFEDAP).

 

En el DOGV núm. 8324 de 25/06/2017 se ha publicado la Resolución de 20 de junio de 2018, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se convocan para el ejercicio 2018 subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de la Administración local de la Comunidad Valenciana en el marco del Acuerdo de formación para la ocupación de las administraciones públicas (AFEDAP).

 

La convocatoria se rige por la misma Resolución y por las Bases establecidas en la Orden

3/2014, de 24 de febrero, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales, en el marco del Acuerdo de Formación para la Ocupación de las Administraciones Públicas (DOGV 7227, 05.03.2014).

 

 

Los aspectos más destacados son los siguientes:

 

Beneficiarios: pueden serlo, entre otros, los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y el resto de entidades locales reconocidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que promuevan planes de formación para los empleados públicos, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito del Acuerdo de la Formación para la Ocupación de las Administraciones Públicas.

 

 

Objeto: financiación de los siguientes tipo de planes:

 

a) Planes unitarios.

Los planes unitarios se caracterizan por afectar al personal de una sola entidad local pública con, por lo menos, 200 empleados públicos, independientemente de las unidades u órganos que incluyan. Estos planes podrán tener destinatarios diferentes del promotor dentro de la misma administración.

 

b) Planes agrupados.

Los planes agrupados se caracterizan por afectar al personal de dos o más entidades locales que agrupan conjuntamente, por lo menos, 200 empleados públicos. Solo se podrá participar en un plan agrupado. Las entidades podrán dividir su plantilla para solicitar un plan unitario y/o adherirse a un único plan agrupado, de tal manera que la suma de los efectivos imputados a cada uno de los planes nunca podrá ser superior a su plantilla total.

 

c) Planes interadministrativos.

Los planes interadministrativos se caracterizan por estar destinados, no solos al personal de la Entidad promotora, sino también a los empleados públicos de otros administraciones. Cualquiera de los promotores podrá promover planes interadministrativos, bien como promotor único, bien en colaboración con otros promotores a través de convenios de colaboración o mediante los instrumentos jurídicos pertinentes. Los planes promovidos por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias tendrán el carácter de interadministrativos, destinados a formar empleados públicos de distintas entidades locales de la Comunidad Valenciana.

 

Las entidades locales con menos de 200 empleados públicos se considerarán adheridas automáticamente al plan agrupado de la diputación provincial a que pertenezcan, sin necesidad que suscriban ningún documento.

 

Las entidades locales, de 200 o más empleados públicos que participan en un plan agrupado, deberán adherirse expresamente.

 

El período de ejecución será le comprendido entre la fecha de concesión de la subvención y el 31 de diciembre del ejercicio 2018.

 

 

Forma y plazo de presentación de solicitudes: las solicitudes se rellenarán y presentarán de forma electrónica a través de la página web del IVAP https://ivap.gva.es a través del icono "Promotores de formación Administración Local", para la que cosa es necesario que el promotor esté previamente registrado en el portal mencionado y se debe adjuntar la documentación indicada en el artículo 8 de la Resolución de convocatoria.

 

El plazo para la presentación de las solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al de su publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), es decir, hasta el día 25 de julio de 2018.

 

 

Enlaces de interés:

 

  • Resolución de 20 de junio de 2018, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se convocan para el ejercicio 2018 subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de la Administración local de la Comunitat Valenciana en el marco del Acuerdo de formación para la ocupación de las administraciones públicas (AFEDAP). https://dogv.gva.es/datos/2018/06/25/pdf/2018_6151.pdf

     

  • Extracto de la Resolución de 20 de junio de 2018, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se convocan para el ejercicio 2018 subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de la Administración local de la Comunitat Valenciana en el marco del Acuerdo de formación para la ocupación de las administraciones públicas (AFEDAP). https://dogv.gva.es/datos/2018/06/25/pdf/2018_6154.pdf

     

  • Orden 3/2014, de 24 de febrero, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales, en el marco del Acuerdo de Formación para la Ocupación de las Administraciones Públicas. https://dogv.gva.es/datos/2014/03/05/pdf/2014_1817.pdf