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Ves enrere CONVOCATÒRIA DE LA SEGONA ETAPA DE LES SUBVENCIONS PER AL DESENVOLUPAMENT DEL PROGRAMA MIXT D’OCUPACIÓ-FORMACIÓ ESCOLES D’OCUPACIÓ ET FORMEM, DESTINAT A PERSONES AMB DIFICULTATS D’INSERCIÓ LABORAL O PERTANYENTS A COL·LECTIUS VULNERABLES.

CONVOCATÒRIA DE LA SEGONA ETAPA DE LES SUBVENCIONS PER AL DESENVOLUPAMENT DEL PROGRAMA MIXT D’OCUPACIÓ-FORMACIÓ ESCOLES D’OCUPACIÓ ET FORMEM, DESTINAT A PERSONES AMB DIFICULTATS D’INSERCIÓ LABORAL O PERTANYENTS A COL·LECTIUS VULNERABLES.

 

En el DOGV número 8593 de 17/07/2019 se ha publicado la Resolución de 11 de julio de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación por la que se aprueba la convocatoria de la segunda etapa de las subvenciones para el desarrollo del programa mixto de Empleo-Formación Escoles d'Ocupació Et Formem destinado a personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a colectivos vulnerables con cargo en el Programa Operativo Comunitat Valenciana (POCV), para el ejercicio presupuestario 2019, en aplicación de la Orden 14/2017.

 

La convocatoria se rige por la Resolución citada y por las Bases establecidas en la Orden 14/2017, de 17 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa mixto de Ocupación-Formación Escoles d'Ocupació Et Formem, destinado a personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a colectivos vulnerables (DOGV 19.07.2017).

 

 

Los aspectos más destacados son los siguientes:

 

 

Beneficiarios

 

Podrán ser beneficiarias:

 

– Las entidades locales territoriales de la Comunitat Valenciana, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a aquellas, la titularidad de las cuales corresponda íntegramente a las entidades locales mencionadas.

– Otros entes públicos dependientes de la administración de la comunidad autónoma.

– Las mancomunidades y otras agrupaciones de entidades con personalidad jurídica propia que cuentan explícitamente entre sus principales fines constitutivos con el fomento del empleo.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, las entidades asociadas a la beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias.

Las entidades beneficiarias deberán estar acreditadas y ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.

 

Las personas destinatarias de este programa tendrán que cumplir los requisitos mínimos siguientes:

a) Ser desempleadas, entendiéndose como tales las demandantes de empleo no ocupadas, registradas en un servicio público de empleo.

b) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.

c) Los previstos en el artículo 20 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el cual se regulan los certificados de profesionalidad, para el acceso a la formación.

 

El alumnado deberá ser mayor de 16 años y estar, además, en edad de trabajar como mínimo hasta la finalización del proyecto. En el caso de menores de 18 años, pero mayores de 16, deberán aportarse los consentimientos y autorizaciones preceptivas.

 

Siempre que cumplan los requisitos mínimos exigidos, tendrán prioridad a efectos de su participación en los programas, las mujeres y las personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a los colectivos vulnerables.

 

 

Objeto

 

Desarrollo de programas de empleo formación con objeto de cubrir las deficiencias estructurales detectadas en materia de cualificación-inserción en la planificación estratégica de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, así como la mejora de la cualificación y la inserción profesional de los colectivos establecidos en la Estrategia Española de Activación para el empleo, especialmente para aquellos que tienen más dificultad en el acceso o permanencia en el empleo.

 

En esta segunda etapa se desarrollarán especialidades completas, dirigidas a la obtención de los certificados de profesionalidad que deberán ajustarse a una de las opciones previstas en el apartado tercero de la Resolución de 11 de julio de 2019 antedicha, siendo estos proyectos nuevos o proyectos de continuidad en la segunda etapa.

 

Los proyectos ET FORMEM tendrán una duración de doce meses, equivalentes a 1.920 horas de formación en alternancia con el trabajo o la práctica profesional, y la duración de los contratos de trabajo subscritos con el alumnado/trabajador/trabajadora no podrá exceder a la fecha de finalización de esta etapa de formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional, dirigida al aprendizaje, la cualificación y la adquisición de experiencia profesional. Se dedicará a formación para el empleo un mínimo del 25% de la duración de la etapa.

 

 

Forma de presentación de la solicitud

 

A los efectos de presentación de solicitudes, documentación que tiene que acompañar la solicitud, solicitud de anticipo, presentación de la documentación justificativa, o cualquier otra documentación relacionada con la convocatoria los interesados estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

 

Para la presentación telemática de las solicitudes, se accederá a la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es) , desde donde puede acceder al trámite presentación de solicitudes a ayudas de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, o de la web labora.gva.es a través del enlace «solicitud telemática».

 

 

 

 

Plazo de presentación de solicitudes

15 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, por lo tanto, hasta el 7 de agosto de 2019 inclusivamente.

 

 

Enlaces de interés

 

  • Resolución de 11 de julio de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación por la que se aprueba la convocatoria de la segunda etapa de las subvenciones para el desarrollo del programa mixto de Empleo-Formación Escoles d'Ocupació Et Formem destinado a personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a colectivos vulnerables con cargo en el Programa Operativo Comunitat Valenciana (POCV), para el ejercicio presupuestario 2019, en aplicación de la Orden 14/2017. https://dogv.gva.es/datos/2019/07/17/pdf/2019_7149.pdf

 

  • Extracto de la Resolución de 11 de julio de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación por la que se aprueba la convocatoria de la segunda etapa de las subvenciones para el desarrollo del programa mixto de Empleo-Formación Escoles d'Ocupació Et Formem destinado a personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a colectivos vulnerables con cargo en el Programa Operativo Comunitat Valenciana (POCV), para el ejercicio presupuestario 2019, en aplicación de la Orden 14/2017. https://dogv.gva.es/datos/2019/07/17/pdf/2019_7183.pdf

 

  • Orden 14/2017, de 17 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa mixto de Empleo-Formación Escoles d' Ocupació Et Formem, destinado a personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a colectivos vulnerables. https://dogv.gva.es/datos/2017/07/19/pdf/2017_6590.pdf